Regularización de obra
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Regularización de obra

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Regularización de obra en BPS

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¿Cuándo es necesario una regularización de obra en BPS¿Cómo regularizar una ampliación ya construida? ¿Cómo regularizar una casa?

Es fundamental que cualquier edificación realizada, sea nueva o una ampliación, cuente con los permisos de edificación y Recepción Final respectivos, ya que la ley así lo exige y de lo contrario se expone a multas y sanciones. También es requisito fundamental para procesos de compraventa de inmuebles y para la obtención de Patentes comerciales de un local comercial.

¿Cómo es el proceso de regularización ante el BPS?

No te preocupes nosotros te ayudamos en todo el proceso. Los pasos que vamos a tener que hacer para regularizar una vivienda son los siguientes:

  1. Relevamiento:

    En primera instancia se debe realizar el relevamiento gráfico y fotográfico de la edificación de manera de dibujar los planos que sean necesarios.

  2. Completar formularios requeridos por BPS.
  3. Ingreso del expediente:
    Se creará un expediente según cada caso particular, el cual contenga los planos y documentos necesarios.
  4. Seguimiento y aprobación del expediente:

    Los formularios deben ser firmados por el titular, representante o apoderado, y el técnico actuante de corresponder. No se admiten enmiendas, interlineados, ni tachados que no estén debidamente salvados por el titular.

Requisitos generales a tener en cuenta

Se requiere fotocopia del documento de identidad de todos los firmantes (titulares o representantes, y técnicos).

¿Cuál es el tiempo promedio que tarda en tramitarse?

Este trámite una vez que se complete toda la información tarda un mes aproximadamente en tener la autorización por parte del BPS.

¿Cuál es el costo de este servicio?

Armamos el presupuesto a la medida dependiendo de los requerimientos y el trabajo que tengamos que hacer para lograr cumplir con el trámite. Cotiza sin costo a través del formulario AQUí o vía WhatsApp o telefónica al 099 459 881.

Pago de honorarios

Se establecen dos etapas para el pago de honorarios: se abona el 50% al ser presentados los recaudos gráficos y escritos ante la IMM, y el 50% restante al ser aprobado el trámite.

¿Qué formularios se necesitan para este trámite?

No te preocupes por imprimirlos ni completarlos, nosotros tenemos ya los tenemos impresos y los completamos por vos. Esto es lo que tendremos que completar y nos piden según el caso.

  • Formulario F1- Registro de obra privada (en una vía, impreso en doble faz) con timbre profesional. Debe estar firmado por el titular de la obra, se exige firma técnica cuando la obra requiera adjuntar planos.
  • Formulario F9- Cambio de estado de obra, con los datos de la solicitud de cierre de obra (en una vía, impreso en doble faz) con timbre profesional y firmado por el titular de la obra.
  • Minuta notarial, certificación del escribano de titularidad y datos del inmueble. Debe estar fechada, con firma de titular y del escribano actuante.
  • Formulario F5- Autorización del propietario con certificación notarial de firmas. Debe presentarse cuando el titular de la obra es un tercero que carece de derechos reales sobre el inmueble (ej.: arrendatarios, comodatarios, ocupantes precarios), otorgándole el titular consentimiento para realizar la obra.
  • Memoria descriptiva, detalle de las características constructivas. Puede utilizarse el formulario F3- Memoria descriptiva (en una vía impreso en doble faz) con timbre profesional. Debe presentarse para obra nueva, ampliación, demolición o reformas con modificación de estructura. 
  • En caso de regularizaciones con mas de un período de obra se presentará una memoria por cada período. 
  • Planos: del trabajo de obra y de fraccionamiento para inmuebles en propiedad horizontal (PH). Se requiere cuando la obra implica modificación de la estructura del inmueble (obra nueva, ampliación, demolición, reforma que modifica estructura), en formato PDF con dos cortes (transversal y longitudinal), fachadas, planta y ubicación. 
  • En caso de inmuebles en PH se solicitará el plano de fraccionamiento escaneado, no se admiten los planos que surgen del sitio web de Topografía.
  • Formulario F6- Declaración jurada del técnico de autenticidad de los planos, con timbre profesional. Deberá estar firmado por titular de la obra y técnico.

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Inscripción de obra en el BPS

¿Cuándo se solicita esta inscripción?

Cualquier obra que comencemos en nuestra vivienda debe de ser inscripta al BPS para no tener problemas o multas a futuro. En la mayoría de los casos la inscripción puede realizarse desde 10 días antes y hasta 48 horas hábiles de iniciada la obra. El no cumplimiento de los plazos genera sanciones.

Tipos de obras privadas que se registran

Inscripción de obra de menor cuantía

Se entiende por trabajos de pequeña cuantía, amparables en este régimen, aquellos que para su ejecución demanden una mano de obra no mayor a 85 jornales, que no modifiquen planos y que no requieren permiso de construcción.

Inscripción de obra privada por administración menor a 30 jornales

Corresponde a la inscripción de obras privadas por administración directa menores a 30 jornales.

Inscripción de obra privada por contrato

Corresponde a la inscripción de obras privadas por contrato, es decir aquellas donde el titular, persona física o jurídica, contrata a una empresa para la realización de los trabajos, quien suministra el personal que trabaja en la obra.

Inscripción de obras menores a 30 jornales realizadas por autoconstrucción o mano de obra benévola

Corresponde a la inscripción de obras privadas realizadas por autoconstrucción o mano de obra benévola, que insumen menos de 30 jornales en términos de medio oficial albañil, no modifican la estructura del inmueble y que no cuenten con personal contratado

¿Cuál es el tiempo promedio que tarda en tramitarse?

Este trámite una vez que se complete toda la información tarda un mes aproximadamente en tener la autorización por parte del BPS.

¿Cuál es el costo de este servicio?

Armamos el presupuesto a la medida dependiendo de los requerimientos y el trabajo que tengamos que hacer para lograr cumplir con el trámite. Cotiza sin costo a través del formulario AQUí o vía WhatsApp o telefónica al 099 459 881.

¿Qué formularios se necesitan para este tramite?

No te preocupes por imprimirlos ni completarlos, nosotros tenemos ya los tenemos impresos y los completamos por vos. Esto es lo que tendremos que completar y nos piden según el caso.

Inscripción de obra de menor cuantía

Formulario F8 – Registro obra de menor cuantía (en una vía, impreso en doble faz).

  • Timbre profesional, se debe presentar únicamente para el trámite presencial.
  • Constancia de inscripción provisoria ante el MTSS (Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad Decreto 481/009).
  • Fotocopia de documento de identidad de los firmantes.

De concurrir un tercero a realizar el trámite, debe presentar fotocopia de su documento de identidad.

Inscripción de obra privada por administración menor a 30 jornales

  • Formulario F1- Registro de obra privada (para trámite presencial en una vía, impreso en doble faz) con timbre profesional. 
  • Constancia de trazabilidad provisoria de MTSS: inscripción de la obra en el Registro Nacional de Obras de la Construcción, excepto obras comprendidas en el art. 5.º decreto 283/996. Se requiere el documento original para trámite presencial. 

Inscripción de obra privada por contrato

  • F1- Registro de obra privada, con los datos de la obra. Debe presentarse en una vía impresa en doble faz, con timbre profesional, firmada por el titular y técnico de la obra.
  • F2- Registro contratos y formas de realización, con los datos del titular de obra y contratista. Debe presentarse en una vía impresa en doble faz, con timbre profesional, firmada por el titular y contratista.
  • F4 – Minuta notarial. Certificación del escribano de titularidad y datos del inmueble. Debe estar fechada y firmada por el titular y el escribano actuante.
  • F5 – Autorización del propietario con certificación notarial de firmas. Corresponde al consentimiento del titular de derechos sobre inmueble para realizar la obra. Debe presentarse cuando el titular de la obra es un tercero que carece de derechos reales sobre el inmueble (ej. arrendatarios, comodatarios, ocupantes precarios).
  • Planos: del trabajo de obra y de fraccionamiento para inmuebles en propiedad horizontal. Se requiere cuando la obra implica modificación de la estructura del inmueble (obra nueva, ampliación, demolición, reforma que modifica la estructura). Se presenta en formato PDF con dos cortes (transversal y longitudinal), fachadas, planta y ubicación. Ver Formalidades para la presentación de planos.
  • F6 – Declaración jurada de técnico de autenticidad de los planos, con timbre profesional. Acompaña los planos, firmado por titular de la obra y técnico.
  • F3 – Memoria descriptiva, detalle de las características constructivas. Es necesario para obra nueva, ampliación, demolición o reforma con modificación de estructura. Se requiere una vía impresa en doble faz, con timbre profesional. Ver Datos a incorporar en la memoria descriptiva.
  • Constancia de trazabilidad provisoria de MTSS: inscripción de obra en el Registro Nacional de Obras de la Construcción. Se requiere el documento original.

Inscripción de obras menores a 30 jornales realizadas por autoconstrucción o mano de obra benévola

  • Formulario F1- Registro de obra privada (en dos vías, doble faz), con un timbre profesional y firmado por el titular de la obra, en carácter de declaración jurada. 

La documentación descripta a continuación, para la modalidad en línea debe escanearse y adjuntarse. En trámites presenciales corresponde todo en formato papel.

  • Formularios de Declaración jurada de mano de obra benévola (Art. 347 – Código Penal) o Declaración jurada autoconstrucción (doble faz), solicitando la desgravación total de aportes para mano de obra benévola o autoconstrucción.
  • Todos los colaboradores benévolos de la obra deben adjuntar el último recibo de sueldo (en ningún caso podrán ser desocupados o trabajadores informales).
  • Fotocopia del documento de identidad del titular y de cada una de las personas que trabajen en la obra. Solo es requerido cuando la obra se realiza por mano de obra benévola.
  • Si concurre un tercero a realizar el trámite, debe presentar fotocopia de su documento de identidad.

Notas:

  • No será necesario realizar ningún otro trámite en forma posterior a la inscripción de la obra, siempre que no se modifiquen las condiciones declaradas originalmente. 
  • La documentación debe mantenerse como resguardo del trámite realizado.

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Solicitud de certificado especial BPS

¿Qué es un certificado especial? 

El certificado especial es el documento que expide BPS a los contribuyentes, personas físicas o jurídicas, que acredita que no registran adeudos de especie alguna ante el organismo a la fecha del acto que motiva la solicitud.

¿Para qué me sirve el certificado?

  • Enajenar total o parcialmente o ceder promesas de enajenación de establecimientos comerciales, industriales o agropecuarios, inclusive la enajenación de alguno de sus giros o elementos de producción.
  • Enajenar total o parcialmente, ceder promesas de enajenación, disolver, liquidar, clausurar, fusionar, absorber, escindir o transformar empresas unipersonales o sociedades comerciales, industriales o agropecuarias, cualquiera sea la forma jurídica adoptada.
  • Enajenar vehículos de transporte de pasajeros de uso público, tanto colectivo como individual, o de transporte de carga.
  • Enajenar o gravar bienes inmuebles o ceder promesas de enajenación de dichos bienes, con excepción de las situaciones previstas en el artículo 10 del Decreto Reglamentario n.º 951/975, que se regirán por el numeral 9 del artículo 663 de la Ley 16.170.
  • Enajenar o gravar diques flotantes, aeronaves o buques y demás embarcaciones, con excepción de las dedicadas a la actividad deportiva.
  • Otorgar contratos de prenda agraria o industrial, con excepción de los referidos a los vehículos incluidos en el numeral 8 del artículo 663 de la Ley 16.170.

¿Cuál es el tiempo promedio que tarda en tramitarse?

Este trámite una vez que se complete toda la información tarda un mes aproximadamente en tener la autorización por parte del BPS.

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Certificado de arquitecto / Certificado de antiguedad de las construcciones BPS

¿Cuándo se solicita este certificado?

El profesional deberá certificar la existencia o no de obras, (no siendo relevante el período de titularidad del inmueble de quien requiere la certificación).

¿Qué tipo de obras se identifican en la inspección?

  1. Obras anteriores al 11/12/75.
  2. Obras cuya antigüedad sea anterior a los 10 años a la fecha.
  3. Obras cuya antigüedad se encuentre dentro de los 10 años a la fecha.
  4. Existencia de obra en curso.

En cualquiera de los casos afirmativos anteriores, debe detallarse la siguiente información por cada uno:

    • Período de construcción.
    • Descripción de las obras.
    • Aclaraciones, si corresponde.

Será viable adjuntar documentos gráficos (por ejemplo: foto aérea) o fotográficos que formen parte de la certificación. De hacerlo deberá indicar brevemente a que obras corresponde cada adjunto.

En la certificación del profesional se deberá dejar constancia que se ha realizado la inspección técnica del padrón y la fecha.

¿Cuál es el tiempo promedio que tarda en tramitarse?

Este trámite una vez que se realice la visita y se recopile toda la información tarda un mes aproximadamente en tener la certificación por parte del BPS.

¿Cuál es el costo de este servicio?

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Declaración jurada de caracterización urbana

¿Cuándo se solicita esta declaración?

La Declaración Jurada de Caracterización Urbana (DJCU) es la declaración de las obras existentes en el padrón, para que puedan ser avaluadas e incorporadas a la base informática. Nos da el Valor Real de las construcciones. La actualización catastral es un requerimiento legal. (Artículo 178 Ley 17296, Decreto 235/002 y Decreto 420/004).

¿Cuál es el tiempo promedio que tarda en tramitarse?

Este trámite una vez que se realice la visita y se recopile toda la información tarda un mes aproximadamente en tener la certificación por parte del BPS.

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Creado en 2006, ESTUDIO PIETROPINTO es un estudio de arquitectura de interiores ubicado en Montevideo, un equipo profesional y multidisciplinar, formado por arquitectos, interioristas y técnicos, que partimos de una idea sencilla: la creación de espacios acogedores, actuales y con encanto.  Crear hogares donde sentir, donde vivir.

Diseño y decoración.

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Nuestro estilo propio, se ve reflejado en el cuidado personal de los detalles para lograr una sensación del espacio cálida y actual.

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